Reforma Tributaria: ¿Cómo impactará la renta atribuida en zona franca?

El pago de impuestos de las empresas no distingue entre compañías que tienen régimen franco o se rigen por el pago normal. Abogado plantea que sólo con el sistema parcialmente integrado se podrá tener control de la cantidad de dinero que se paga.

ZOFRI Iquique TarapacaSi se aprueban las medidas que plantea la Reforma Tributaria, ésta tendrá impactos en cuanto al pago de impuestos de las empresas de Zona Franca, al no distinguir entre compañías que tienen régimen franco o se rigen por el pago normal de impuestos. Así lo asegura el abogado asesor de RSM Chile Auditores, Cristián González, quien precisa detalles sobre los pagos a realizar en el nuevo sistema tributario.
El abogado sostiene que en zona franca, donde no existe pago del impuesto de primera categoría, “la carga de la renta atribuida será mayor dado que el dueño de la empresa o socio de la misma, deberá pagar por el total de los ingresos que se le atribuyen, con un tope del 35%, ya que no puede descontar el crédito de impuestos de primera categoría, que es del 25%”.
Esta dificultad se extiende también a socios accionistas, puesto que deberán pagar por el total de las ganancias que se les atribuyan, las retiren o no, ya que no tienen crédito del pago de impuestos de primera categoría. Además, con la eliminación del Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) ya no habrá forma para dejar parte de los fondos (utilidades) dentro de la compañía.
Sistema parcialmente integrado
El abogado asesor de RSM, afirma que sólo con el sistema parcialmente integrado se podrá tener control de la cantidad de dinero que se paga, por los retiros que se efectúan. “El sistema parcialmente integrado constituye una opción frente al sistema de renta atribuida y dicha opción tendrá un efecto social importante, toda vez que al empresario no le será indiferente optar entre uno u otro sistema. Con el sistema integrado habrá una carga tributaria final mayor, si se realizan retiros en un 100%, aunque se controle el tema de los retiros”, argumenta.
En el sistema de renta atribuida el impuesto de primera categoría es del 25%, versus el 27% del semi integrado; en el primero, al final se paga un total máximo del 35% y en el semi integrado, casi un 45%, aproximadamente. En este marco, el experto explica que “en una empresa donde no hay sistema de crédito (como las de Zofri), pasa a ser indiferente el cobro porque en uno hay una mayor cantidad de crédito que se puede utilizar y en el otro, la diferencia está en el control de los retiros y así pagar un poco menos de impuestos en el global complementario”.