
En Tarapacá las Isapres aprobaron el 78% de las Licencias Médicas durante el año 2013
El Agente Regional de la Superintendencia de Salud Marcelo Ricci dio a conocer el estudio “Análisis de Licencias Médicas y Gasto en Subsidios por Incapacidad Laboral en el Sistema Isapres 2013”, que hace referencia a los gastos en Subsidios por Incapacidad Laboral de cargo de las Instituciones de Salud Previsional y del Fondo de Prestaciones Familiares en relación a enfermedades comunes, de medicina curativa, maternales y por Enfermedad grave del hijo menor de un año.
Ricci señaló que “los datos regionales muestran que el 2013 tuvo un aumento tanto en el número de licencias médicas como en el gasto en subsidios por incapacidad laboral, manteniéndose eso si el porcentaje autorización de los reposos”. En tal sentido, el Agente Regional precisó que en 2013 las licencias tramitadas fueron 27.019, las aprobadas fueron 21.119 y el gasto acumulado fue de 4.113 millones de pesos. El año anterior, 24.705 fueron las licencias tramitadas, 19.086 las que se autorizaron, generándose gastos totales por 5.186 millones. De esta forma, de una año a otro aumentaron en un año aumentaron en 2.314 las licencias que se sometieron a tramitación y aumentado el gasto por este concepto en $1.073 millones.
Luego, en cuanto a las patologías por las cuales se prescribieron reposos, destacan 6.506 por trastornos mentales y del comportamiento, 4.755 por sistema osteomuscular y tejido conjuntivo, 4.432 por sistema respiratorio, 2.484 por sistema digestivo y 1.055 por síntomas, signos y hallazgos anormales clínicos.
Marcelo Ricci señaló también que “si bien las licencias médicas de orden psicológico y psiquiátrico son las más tramitadas, lo cierto es que también son las más rechazadas por las contralorías médicas de las Isapres, ello por cuanto de las 6.506 presentadas en la Región, sólo se autorizaron 3.321, esto es, prácticamente la mitad”.
Cabe mencionar que los trabajadores los trabajadores afiliados a un seguro de salud pueden hacer uso de una licencia médica por incapacidad parcial o total. Cumpliendo ciertos requisitos pueden tener derecho a una prestación pecuniaria (subsidio por Incapacidad Laboral – S.I.L.), que sustituye la remuneración y les permite además, continuar con sus cotizaciones para el fondo de pensiones y para su seguro de salud. La legislación vigente incorpora distintos tipos de subsidios que son: por Enfermedad Común o Curativa, por Patología de embarazo, por Prórroga de Medicina Preventiva, por Reposo Maternal (Pre y Postnatal), por Enfermedad Grave del Hijo(a) Menor de Un Año, por Accidente del Trabajo o de Trayecto y por Enfermedad Profesional.
El Subsidio por Incapacidad Laboral se diferencia según la forma de financiamiento y las causas que lo originan. Es así como la cotización obligatoria del trabajador para el Régimen de Prestaciones de Salud financia los subsidios que se originan a partir de licencias por enfermedad común o curativa, por patología del embarazo y prórrogas de pre y post natal. Por otra parte, el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de cesantía, constituido por aportes fiscales, financia los subsidios originados por reposo Maternal Pre y Postnatal y por Enfermedad Grave por Hijo (a) Menor de Un Año. Adicionalmente, el subsidio que resulta de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se financia con cargo al seguro obligatorio de la Ley N° 16.744, el cual es de responsabilidad del empleador.