Diputada Isasi presenta proyecto de Ley que tipifica el delito de lucro en la Educación Superior
Un proyecto de ley destinado a tipificar el delito de lucro en la educación superior presentó la diputada Marta Isasi Barbieri.
“Creemos que es indispensable mejorar el sistema educacional, ya sea de universidades o institutos técnicos-profesionales, y por lo mismo hemos presentado esta iniciativa para que se pueda evitar lo que pasó con la Universidad del Mar con sede en distintas regiones del país, entre ellas la Región de Tarapacá”, dijo.
Por eso, “pensamos que un avance es tipificar el lucro como delito, considerando que la Cámara de Diputados, durante una comisión investigadora, determinó que varias universidades privadas aplicaban este tipo de modalidad que no corresponde de ninguna manera. En ese sentido, esperamos que el Parlamento pueda aprobar esta iniciativa por el bien de nuestros jóvenes”.
Parte del proyecto indica modificar el Decreto con Fuerza de Ley Nº2 del Ministerio de Educación, señalando que se sancionará a quien teniendo facultades de dirección o control sobre las entidades indicadas en la presente ley, las usare para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio de éstas, a través de la enajenación de bienes, muebles o inmuebles”.
Agrega: “Sean estos dineros o activos, a personas naturales o jurídicas en que tengan participación, él o su cónyuge o parientes en toda la línea recta, o colateral hasta el cuarto grado, sin causa justificada, será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo, además de la pena de inhabilitación absoluta para realizar actividades, remuneradas o no, a cualquier título, en dichas entidades”.
Expresa que “el derecho penal debe contemplar una sanción para estas conductas ya que se han vulnerado bienes jurídicos de relevancia para la sociedad por lo que urge su inmediata protección. La situación actual que circunda a la educación superior justifica plenamente la intervención del derecho penal del Estado a fin de sancionar a quienes han afectado a miles de estudiantes, académicos, funcionarios y familias en general”.
Asimismo, “en virtud del castigo de estas conductas se busca evitar que se produzcan situaciones de similar naturaleza como las que se han constatado en los últimos años. Es de vital importancia restablecer el imperio del derecho por cuanto existe una ilegalidad tolerada a tal punto que pareciera ser que la ley, particularmente el DFL 2, no tiene una vigencia efectiva en lo que concierne a las prohibiciones que les son impuestas a las universidades y sus controladores”.
La iniciativa considera “sanciones privativas de libertad así como las de inhabilitación para ejercer cargos en instituciones de educación superior. Lo anterior facilitará una persecución más precisa de la responsabilidad civil derivada de estos delitos, satisfaciendo así la necesidad de resarcir los perjuicios provocados por estas conductas”.
Que no obstante lo señalado, “la presentación y eventual tramitación y transformación de este proyecto en Ley de la República no obsta al desarrollo de los procesos penales, presentes o futuros, para la sanción de los delitos que puedan estar asociados o relacionados a la ejecución de estos hechos. Las conductas penadas por el articulado propuesto tienen diferencias sustanciales con aquellos eventuales tipos penales, y por tanto, no es óbice para que los órganos de persecución penal del Estado continúen con la más exhaustiva investigación e indagación de los hechos constitutivos de estos delitos”.